San Lorenzo suspendió a Néstor Ortigoza por faltas "muy graves"


13 de febrero de 2026

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La resolución fue votada por unanimidad y fija un plazo determinado sin ejercicio de beneficios dentro de la institución.

El fallo del Tribunal de Ética y Disciplina

El Tribunal de Ética y Disciplina de San Lorenzo resolvió suspender a Néstor Ortigoza como socio luego de encontrarlo "culpable de la comisión de las faltas tipificadas en el art. 35 inc. 3 letras d) y h) del Estatuto".

La resolución encuadra su conducta dentro de faltas calificadas como “muy graves”, que el Estatuto contempla con sanciones que pueden llegar a la expulsión.

Los artículos del Estatuto citados en la sanción

El Tribunal lo encontró responsable de faltas "muy graves" sancionadas con expulsión en los siguientes apartados:

d) Condena por autoridad competente o mala conducta notoria que ocasione perjuicio al club

h) Cualquier acción u omisión del socio contraria a la ley, al estatuto y a los acuerdos de la Asamblea de representantes o de la Comisión Directiva, que tenga gran trascendencia pública; entendiéndose que concurre dicha trascendencia cuando la acción tenga difusión en los medios de comunicación, exceda el ámbito asociativo y llegue a conocimiento general.

Se considera que llega a ser trascendencia cuando la situación se hace pública, es divulgada por los medios de comunicación y supera el ámbito interno del club. En este caso, se da por los videos de violencia familiar que involucraron al exfutbolista y dirigente.

Alcance y duración de la suspensión

El Tribunal decidió suspender a Ortigoza por el término de un año, lapso en el que no podrá ejercer sus derechos como socio dentro de la institución.

La determinación fue adoptada por unanimidad por los integrantes del órgano disciplinario, según se informó oficialmente.

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